Las 10 mascotas que no causarían problemas en una copropiedad

Este tema genera bastante controversia en las propiedades horizontales. El ruido, la suciedad e incluso, el 'carácter' de algunas mascotas, desata muchas discusiones entre los vecinos de los edificios y conjuntos residenciales.

Por ese motivo, metrocuadrado.com, bajo la asesoría de varios médicos veterinarios, recomienda algunas razas de perros para quienes desean una mascota pero no quieren que se convierta en un 'dolor de cabeza' en la copropiedad.

Pug

Esta es una raza que tiene sus orígenes en la antigüedad. Se estima que hace unos dos mil años ya existía en China.

Son amables, de buen comportamiento y comen poco. Desarrollan un fuerte vínculo con sus propietarios y se convierten en celosos si se ignoran. Pesan menos de 9 kilogramos y son adecuados para viviendas pequeñas.

Durante los primeros años de vida los Pug pueden ser hiperactivos pero esta característica tiende a desaparecer con el paso del tiempo.


Bulldog Inglés

El Bulldog o Bulldog inglés es una raza de perro originaria de Gran Bretaña.

Se llevan bien con los niños y otros animales. Requieren un mínimo de ejercicio y por eso se adaptan fácil a casas pequeñas. Se pueden mover muy rápido a distancias muy cortas.

A pesar de su famosa expresión de amargado, los bulldogs son muy dóciles.

Es un perro de buen humor y que construye lazos muy fuertes con su amo. No se aventuran sin compañía de su familia debido a su naturaleza amistosa.


Bulldog Francés

Juguetón, activo y defensor de sus dueños. Es un perro muy casero, tranquilo y ladra muy poco; eso hace que sea una raza ideal para la vida en un apartamento.


Maltés

Por su tamaño y carácter tranquilo, es una raza ideal para vivir en apartamentos o casas pequeñas. No suele ser muy inquieto y puede pasar mucho tiempo en reposo, acostado o durmiendo. Aunque también es un amante de la naturaleza y disfruta de salir a pasear o de jugar al aire libre.

Es un perro muy sociable con otros animales. Si bien no necesitan demasiada actividad física, cuando se hacen adultos es conveniente mantener su peso; una buena caminata para mantenerlo en forma nunca está de más.


Podedle

Ideal para espacios reducidos, aunque requieren de frecuentes y largos paseos. No pierde pelo ni acumula mal olor.Es un perro sensible y requiere de mucho amor. Es muy susceptible a enfermedades renales y anímicas, sobre todo cuando sus amos lo dejan durante mucho tiempo solo.

Shih tzu

Le gusta estar recostado en su lugar favorito así que es tarea de su dueño alentarlo a hacer caminatas regulares y mantenerlo muy activo.

Excelente para personas de poca actividad física o adultos mayores que deseen tener siempre una mascota a su lado.


Cocker Spaniel

Puede vivir felizmente en un sitio pequeño pero también tomar ventaja de cualquier espacio abierto donde pueda correr a voluntad. Los Cocker se adaptan fácilmente a cualquier clima o ambiente. Aman a la gente y son una excelente compañía para los ancianos. Disfrutan mucho de la compañía de niños pequeños.


Pekinés

Aunque esta raza es muy independiente, no es un perro para vivir aislado. Puede pasar a solas más tiempo que otros perros de compañía, pero también necesita estar junto a su familia.

La ventaja es que al pekinés le basta con estar en el mismo cuarto que sus propietarios y no necesita estar todo el tiempo siendo acariciado o en brazos. Se adapta muy bien a la vida en espacios pequeños.


 Pomeranian

Es ideal para apartamentos y también para casas de campo. Posee instinto de cazador pero también se adapta fácil a la vida urbana.

Es un perro independiente aunque también disfruta mucho de la compañía de su amo. Es tranquilo pero ladra bastante cuando siente que hay peligro.

Este es el perro ideal para alguien que no cuenta con mucho espacio pero desea tener una mascota astuta, alegre y fiel, que se relaciona mejor con la gente adulta, que con los niños pequeños.

Dos razas grandes, que se acoplan a espacios pequeños


Labrador

Esta raza tiene mucha energía y necesita de ejercicio. Puede vivir sin problemas en un apartamento pero se recomienda que reciba tres paseos diarios para poder ejercitarse y socializar.

El juego es muy importante para esta raza y es necesario que lo haga con otros perros. De ser posible, es bueno que el labrador pueda nadar algunas veces.


Golden

Es un perro de un alto nivel de energía y requiere de una buena dosis diaria de ejercicios. Se adapta muy fácil a la vida en un apartamento pero su dueño debe comprometerse con una rutina de ejercicio de por vida. El Golden necesita y desea la compañía de toda la familia. El desea formar parte integral de la misma.

*Cabe destacar que muchas copropiedades prohíben la tenencia de mascotas y en esos casos, prima el reglamento




TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS (Animales de Compañía)


1. Cuando decidimos adquirir una mascota es necesario tener conocimiento que estos dependen del ser humano y son los propietarios o tenededores quienes deben asegurar su bienestar y supervivencia; por lo que es necesario satisfacer sus necesidades básicas, a saber:

• Alimentación

• Espacio y protección de las condiciones ambientales

• Limpieza y desinfección del lugar donde habita la mascota

• Cuidados sanitarios

• Cariño y respeto

Un dueño responsable nunca:

- Abandona a su mascota

- Permite que deambule libremente en la calle

- Permite que se alimente de basura o desperdicios

- Permite que se reproduzca descontroladamente


Un dueño responsable evita que su mascota pueda transformarse en un riesgo para la salud de la familia, vecinos, otros animales o el ambiente.

2. A nivel sanitario son de gran importancia los siguientes aspectos:

• Mantener sólo el número de mascotas que pueda cuidar responsablemente

• Vacunar a su mascota una vez al año siguiendo un esquema de vacunación certificada y dirigida por un médico veterinario

• Desparasitar regularmente a la mascota según el criterio de un médico veterinario.

3. Para la tenencia de animales de producción es necesario tener en cuenta:

• El predio debe disponer de agua a voluntad, de buena calidad y en condiciones higiénico sanitarias adecuadas.

• Evitar maltrato, estrés, dolor y miedo de los animales, mediante un manejo adecuado.

• No usar en el manejo de los animales, instrumentos que puedan causar lesiones ó sufrimiento.

• Las instalaciones para atención y manejo de los animales, deben ofrecer un entorno eficiente y seguro para estos y los operarios.

• En confinamiento y estabulación, los animales deben disponer de espacio suficiente, para manifestar su comportamiento natural

El rol del médico veterinario es crucial en la tenencia de animales, por ser el profesional competente para orientar sobre las medidas indicadas para mantener la salud, prevenir y controlar las diferentes enfermedades presentes en los animales, que en muchos casos pueden ser un riesgo para la salud humana.

Adicionalmente, se recomienda la no tenencia de animales silvestres o exóticos como mascotas, debido a que se generan factores de riesgo para la transmisión de enfermedades a las personas y a otros animales. Por tal razón, las especies silvestres deben estar libres en su ambiente natural y su intervención solamente estará indicada cuando las autoridades ambientales en el tema de fauna silvestre, lo consideren necesario.”


 

LOS PROBLEMAS DE CONVIVENCIA

 

Inspecciones de policía atienden 1.000 conflictos vecinales al mes”

 

 

La mayoría de las riñas se dan por obras o filtraciones de agua, según el CEACSC.

Cuatro meses y medio antes de la tragedia protagonizada por David Emanuel Manotas Char, Bogotá fue escenario de otra riña entre vecinos que terminó con saldo fatal y que captó la atención mediática.

Los expedientes de la Policía registraron el asesinato del abogado Eduardo Calderón, de 39 años, a manos de dos de sus vecinos –los hermanos Orlando y Cristian Ávila– y de un vigilante, identificado como Miguel Prieto. El crimen ocurrió en el barrio El Recuerdo, de Teusaquillo.

El conflicto había nacido 11 años atrás, época en la que el abogado y su mamá promovieron el despido del celador de su edificio. Entonces, un vigilante de un edificio ubicado al frente y amigo del celador desvinculado laboralmente, empezó a hacerles reproches con el apoyo de sus patrones, los hermanos Ávila. Todo terminó el 16 de abril, cuando los tres agresores, que están privados de la libertad, apuñalaron al abogado dentro de una carnicería. Esta muerte absurda se desprendió de un conflicto vecinal, como los 12.039 que el año pasado fueron atendidos por las inspecciones de policía de Bogotá, un poco más de mil por mes. Fuentes de la Secretaría de Gobierno aseguran que ese promedio se ha mantenido este año, aunque las cifras no son oficiales todavía.

La mayor parte de estas riñas (72%) se da por obras o filtraciones de agua, según el Centro de Estudio y Análisis en Convivencia y Seguridad Ciudadana (CEACSC). Siguen las peleas entre arrendadores y arrendatarios (15,2%) y los problemas que afectan la convivencia (13%). “De este último porcentaje, encontramos que el 52,7 por ciento de los casos tuvo que ver con agresiones físicas y/o verbales; el 24,6 por ciento con el consumo de licor y el 11,2 por ciento, con el ruido”, explicó Rubén Darío Ramírez, director del CEACSC.

En ese sentido y según la Encuesta de Cultura Ciudadana de Corpovisionarios llevada a cabo este año, el 43 por ciento de los encuestados reportó problemas de convivencia porque “un vecino puso música a un volumen excesivo”. El informe indica que en los últimos 10 años esta ha sido la primera causa de rencillas vecinales y que el 67 por ciento de los afectados opta por no quejarse ante ninguna autoridad.

¿Qué se puede hacer?

Cuando la tranquilidad de un ciudadano es perturbada –por exceso de ruido, por ejemplo– puede llamar a los policías del cuadrante para que medien, pues legalmente no pueden ir más allá, a menos que se cometa un delito.

En los casos recurrentes “los afectados pueden instaurar una querella (recurso para solucionar conflictos no catalogados como delitos) ante la Secretaría General de Inspecciones de Policía de cada localidad, que debe citar a una audiencia de conciliación en un período no menor a 20 días”, según el alcalde de Chapinero, Mauricio Jaramillo.

Si no hay un acuerdo, el inspector de Policía cita a la persona que presentó la querella y al responsable de la perturbación. Cuando el funcionario tiene las pruebas, emite un fallo. Si este no se cumple, el infractor se expone a una multa de seis salarios mínimos en promedio, e incluso a un proceso penal por fraude a resolución administrativa, cuya pena es excarcelable.

 

 

Por: DIARIO EL TIEMPO| REDACCIÓN BOGOTÁ | 07 de Septiembre del 2013

 


NIÑOS QUE CAUSAN PROBLEMAS EN LOS CONJUNTOS Y ZONAS RECIDENCIALES

Niños que causan problemas en los conjuntos:

Al respecto, la Corte Constitucional profirió una particular sentencia.

Fue proferida -al revisar los fallos de dos jueces de Cali- gracias a una acción de tutela presentada por un menor de edad contra un conjunto residencial y una compañía de vigilancia.

El infante consideraba que el consejo de administración lesionaba sus derechos fundamentales a la dignidad humana, debido proceso, libre desarrollo de la personalidad, intimidad personal y buen nombre.

Todo se originó cuando se expidió una agenda de comportamiento de los menores en que se prohibió: "subirse por ventanas que dan al parque, correr sobre tapias de primeros pisos, trepar a las zonas comunes de los apartamentos, tirar canicas a los apartamentos, caminar por los jardines ocasionándoles daños y montar bicicleta en las rampas de los parqueaderos".

En el mismo documento se advierte que con un acto más de este niño sus padres serán sancionados con 25 salarios mínimos diarios.

El abogado del menor expresa ¿arguye que se viola el derecho al libre desarrollo de la personalidad al impedir -de forma arbitraria-, desplegar su libertad general de acción, como es la recreación.

La Policía puede intervenir

En el expediente consta que el niño fue conducido por la Policía por "clamor de ciudadano toda vez que según lo expresado por una señora del conjunto (...) al guarda de seguridad.... el menor ingresó arbitrariamente al apartamento de su propiedad quien al revisar su apartamento encontró que faltaban enseres avaluados en 700 dólares".

La patrulla policial llegó gracias a la llamada del guarda de seguridad.

"El menor fue conducido a las instalaciones a las 19:30 horas y se hace su entrega en óptimas condiciones de salud y en buen estado físico y mental", dice el informe.

Por su parte, uno de los jueces de Cali indica que la agenda no lesiona los derechos del menor pues protegerlos es "misión que compete, no solo a los guardas y al personal de administración, sino, con mayor razón, a los padres de los menores, quienes, en últimas, tal como lo predica nuestra Constitución Política están en la obligación de brindarles una buena educación, inculcándoles respeto y una relación armónica con los demás".

La opinión de la Corte

Así mismo, la Corte Considera: ¿las agendas o libros de registro son instrumentos idóneos de control al interior de los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, de los cuales pueden hacer uso los entes de dirección para el cumplimiento de sus tareas y que, en principio, no resultan incompatibles con el respeto de los derechos fundamentales de los moradores.

"Por el contrario, son herramientas útiles bajo tres perspectivas: (i) como archivo histórico, en tanto allí constan, o deben constar, algunos de los sucesos relevantes de una comunidad; (ii) como mecanismo de prevención, en la medida en que el análisis de los problemas más frecuentes facilita el diseño de alternativas de solución; y (iii) como punto de partida en la realización de investigaciones de carácter sancionatorio.

"Entonces, la Corte considera que la decisión de crear una agenda no fue caprichosa sino fruto de las necesidades de la comunidad en razón al comportamiento de varios niños residentes en el sector.

"Además, entiende que las conductas allí registradas son de interés para la administración del conjunto, en la medida en que guardan relación directa con la seguridad y la tranquilidad de la comunidad. En efecto, las anotaciones sugieren que las actividades de algunos menores, incluido el demandante, involucran.escenarios privados de otros residentes o suponen menoscabo de los bienes de uso común.

"Sin embargo, como ya fue explicado, sólo pueden ser objeto de sanción aquellas conductas que atiendan parámetros de proporcionalidad y razonabilidad y guarden relación directa con la seguridad o la armónica convivencia de los residentes.

"Por ello, aún cuando es cierto que no se ha impuesto ninguna multa, la Corte hace un llamado a la administración para que ¿en el evento de adelantar un proceso sancionatorio solamente tenga en cuenta aquellas conductas relevantes para los intereses de la comunidad e inaplique las sanciones que se refieran a cuestiones individuales, aún si están previstas en el reglamento de copropiedad".

 

La Corte expresó en la sentencia que confirmaba los fallos proferidos por  los Jueces de Cali, de primera y segunda instancia, que denegaron el amparo solicitado por el abogado del menor de edad.



 

¿Quién responde por objetos perdidos en un edificio o conjunto

 

residencial?

 

 

 

“Según la jefatura de jurídica de la Superintendencia de vigilancia y seguridad privada, las empresas de seguridad tienen una obligación de medio y no de resultado.

En pocas palabras si la empresa de seguridad cumple con todas las garantías no tienen la obligación de responder por un objeto que sea hurtado.

Hay que decirlo. Cualquier error por parte de la empresa de seguridad (descuido, falta de cámaras prometidas, incumplimiento en turnos etc...) La hace responsable del robo. Por el contrario, si todo está en orden la compañía no debe responder por los objetos perdidos.

Las Empresas de Seguridad Privada que alegan que el vigilante debe pagar por los objetos hurtados están incurriendo en una falta. Quien responde económicamente frente al edificio o conjunto es la empresa de vigilancia y no el vigilante.

Por otro lado, no hay norma alguna que haga responsable por el hurto al administrador del edificio ó conjunto residencial. En caso de que el contrato de vigilancia presente inconsistencias por parte de la administración, esta podría ser culpable indirecta (por no garantizar a los usuarios un servicio legal).

Recomendaciones:

-Contrate la vigilancia con empresas legales

- Cuando contrate Empresas de Seguridad Privada siempre suscriba una póliza de responsabilidad contractual y extracontractual para que una aseguradora responda por robos de elementos de zonas comunes o privadas.

- Es obligación de la empresa de vigilancia responder por la seguridad en el edificio o conjunto; sin embargo, se acostumbra a hacer largas investigaciones en estos casos.

- En caso de robo, si hay una póliza de por medio es más fácil encontrar una solución.

- Siempre que se presente un robo en el edificio informe al administrador e instaure las denuncias correspondientes.

 

¿Qué hacer antes de contratar un servicio de seguridad privada?

- Verificar que la empresa que ofrece el servicio esté debidamente autorizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Para esto ingrese a la páginawww.supervigilancia.gov.co , en el link servicios autorizados.

- Verificar que la licencia de funcionamiento esté al día y habilite la prestación del servicio que ofrece.

- Solicite un paz y salvo ante la Supervigilancia para corroborar las posibles multas y sanciones que se le hayan impuesto por incurrir en faltas que afectan el servicio.”

 

Fuente:

http://contenido.metrocuadrado.com/contenidom2/prophoriz_m2/CONVIVENCIA/homeconvivencia/ARTICULO-WEB-PL_DET_NOT_REDI_M2-4097597.html

 


PORQUÉ VIVIR EN PROPIEDAD HORIZONTAL.

Según estudios recientes el 40% de la población urbana en Colombia vive en propiedad horizontal, situación que en 20 años podría llegar a ser de casi el 60%.

A qué se debe esta situación:

Varios aspectos intervienen en esta decisión y la más importante de ellas es la seguridad, prestada a través del personal de las empresas de vigilancia y la de mayor auge que es la seguridad electrónica. Igualmente por el equipamiento especial con que cuentan estas construcciones habitacionales, tales como: piscina, juegos para los niños, gimnasio, solárium, salón de eventos o kiosco, amplias zonas verdes, las UAR (unidades de almacenamiento de

 

 

 residuos antes shut de basuras), adecuados según la normatividad establecida por el PGIRS y además porque cuentan con oficina de administración y porterías amplias; así mismo porque se han desarrollado alrededor de estas áreas, gran variedad de centros comerciales o zonas dedicadas a este tipo de actividad, que evitan recorrer grandes distancias para comprar lo que se necesite.

 

También esto se debe a que las principales ciudades del país carecen de la suficiente tierra apta para construir, entonces la forma más eficiente para aprovechar el espacio público es construir en forma vertical en bloques de edificios y en conjuntos cerrados.

 


WALTER GIL.



Reflexiones sobre la convivencia en las copropiedades


Concursos, deporte y demás actividades lúdicas son un buen comienzo para que los pequeños y adolescentes desfoguen su energía.

Y es que los daños en jardines, bombillos, ascensores y vehículos, el desaseo y el ruido se convierten en las quejas recurrentes a los administradores y a los padres de familia, convirtiéndolas, en muchos casos, en problemas más graves.

Si son casos del día a día es hora de tomar medidas drásticas para evitar problemas que afectan la convivencia como riñas, música a alto volumen y posible consumo de drogas, licor o alucinógenos.


¿Y los padres qué?


Es un grave error dejar a su suerte a los hijos, sin mantener control sobre ellos, confiando en la seguridad que les produce el vigilante del conjunto.

Y la bola de nieve crece cuando no aceptan las quejas de los vecinos ni los requerimientos de la administración sobre el comportamiento de los pequeños o sus amigos no residentes.

En la mayoría de los casos, los padres asumen las quejas y los llamados de atención de forma negativa pues consideran que sus hijos son unos santos! aunque hay que considerar que en el castigo no está la solución.


Actividad, el mejor remedio.


De hecho, en muchas copropiedades se han logrado excelentes resultados con los menores, manteniéndolos ocupados en torneos deportivos, juegos de salón, cursos de pintura, concursos de baile y de graffiti (controlados) con premios interesantes para evitar el ocio nada constructivo.


Apoyo profesional.


La ayuda de profesionales en distintas disciplinas, ojalá residentes, (sicólogos, docentes, terapeutas, etc.) resultará muy útil para el administrador y el comité de convivencia.


De ahí la importancia de aprovechar los equipamientos comunales (parques, salón, canchas,

tenis, ping pong, squash) para desarrollar actividades deportivas y lúdicas. Esto obviamente acompañado de la creatividad del administrador, vital cuando se trata de inmuebles con espacios limitados o nulos.


Por ejemplo, crear bibliotecas y bancos de películas donde cada residente aporte un libro o preste una película y realizar cineclubes son excelentes y económicas opciones. Los cursos vacacionales dentro del conjunto como natación (si hay piscina), danzas, música y artes manuales (plastilina, origamy y globoflexia), entre otros, los ayudan a desarrollar destrezas, los mantienen ocupados y de paso permiten mejorar la convivencia sana.”



Por: DIARIO EL TIEMPO| REDACCIÓN VIDA DE HOY | 07 de Septiembre del 2013